Efectividad de la regulación del procedimiento de reconocimiento de hijo e hija según la legislación nicaragüense vigente en los juzgados quinto y sexto de distrito la familia de la circunscripción de Managua en el año 2013-2014

Silva Alvarado, Ana Carolina and González Ramírez, Lenin Efraín (2015) Efectividad de la regulación del procedimiento de reconocimiento de hijo e hija según la legislación nicaragüense vigente en los juzgados quinto y sexto de distrito la familia de la circunscripción de Managua en el año 2013-2014. Otra thesis, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.

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Resumen

El reconocimiento de hijo o hija es un derecho primordialmente del menor pues es su derecho tener un nombre y apellidos propios, no obstante es para los padres en igual condición, ya que este no solo significa derecho sino también obligaciones que corresponden para con su hijo o hijo, cabe mencionar que no siempre corresponde a la buena voluntad del padre o la madre para brindar desde un apellido como alimentos o lo necesario para el desarrollo pleno y el mantenimiento de su hijo o hija, cabe mencionar que ante esta vulnerabilidad de derecho el Estado es el primer interesado que por medio de las autoridades competentes se pueda resolver eficazmente y preservar las relaciones entre la madre, el padre y el hijo o hija o en correspondencia a la autoridad parental. Dado a lo anteriormente descrito el presente trabajo de seminario de graduación se titula “Efectividad de la Regulación del Procedimiento de Reconocimiento de Hijo e Hija según la legislación nicaragüense vigente en los Juzgados Quinto y Sexto de Distrito de Familia de la Circunscripción de Managua en el Año 2013-2014” cuyo objetivo general es analizar la efectividad de las disposiciones que regulan dicho procedimiento, pero desde la perspectiva de investigación de paternidad dado al alto índice de niñez y adolescentes que aún no han sido reconocidos ya sea porque sus padres decidieron terminar el vínculo de afinidad o relación afectiva o por la irresponsabilidad de los mismos, afectando a largo plazo los derechos del niño, niña o adolescente ante la sociedad. El primer capítulo comprende las generalidades sobre el proceso de reconocimiento de hijo e hija para ejercer la relación entre madre, padre e hijo desde el punto de vista de la doctrina y el derecho comparado; el segundo capítulo aborda las disposiciones legales vigentes que regulan el proceso de reconocimiento y la relación de madre, padre e hijo en Nicaragua; En el tercer capítulo se realiza la comparación entre las disposiciones legales vigentes que regulan dicha materia con las de la Ley No. 870 Código de familia recientemente aprobado, y finalmente en el cuarto capítulo se valora la efectividad de la legislación sobre el procedimiento de reconocimiento de hijo e hija a través del estudio de casos. Para la realización de la presente investigación se utilizó un método mixto, combinando tanto el método cualitativo como el cuantitativo, a través del análisis y comparación de las disposiciones legales vigentes y las recién aprobadas por el Código de familia. Para ello se consultaron diferentes fuentes bibliográficas, tales como: libros, tesis, monografías, revistas, artículos periodísticos, así como textos oficiales como códigos, leyes, reglamentos, normas administrativas, sitios web y revisión de expedientes. Las principales conclusiones de dicha investigación son en primer lugar, se destaca que la metodología aplicada resultó efectiva, los instrumentos arrojaron datos relevantes para fundamentar el planteamiento del problema presentado, la información obtenida fue consistente y los resultados, se validaron entre sí, pues no se evidenciaron contradicciones entre lo plasmado en el estudio investigativo y las entrevista realizadas. En segundo lugar se puede observar que la legislación nicaragüense ha venido avanzando en el establecimiento de normativas que definen de manera explícita las responsabilidades de los hombres y mujeres en relación con sus hijos e hijas, así como la del Estado en la protección y promoción de la paternidad responsable. Se pudo observar que prevalecen rasgos excepcionales que muchas veces hacen que nuestra niñez sea vulnerada en su derecho a tener un nombre propio y apellidos que correspondan a los de sus padres, así mismo de gozar del amor de sus padres, además de la problemática social que desde siempre ha existido al no haber voluntad ya sea de la madre o padre para reconocer de forma voluntaria a su hijo o hija, conllevando a un proceso litigioso (de aquí el actor y demandado), quienes por medio de la normativa correspondiente al derecho de familia al final obtienen un resultado por medio de la sentencia o resolución emanada del judicial competente, y que en su mayoría según el estudio realizado ha sido apegada a derecho y a interpretación del juez, algunas veces produciendo también perjuicio para el hijo, hija ya sea menor o adolescente desde efectos emocionales como psicológicos por realizar cambios relativos y a veces crueles en sus vidas y existencia legal siendo esto un vacío en las diferentes leyes al no prever tal situación. Cabe mencionar que aunque el judicial tiene todas las formas de valorar en el proceso judicial por medio de la Sana Crítica, éste en el proceso de reconocimiento de hijo o hija por medio de la investigación de paternidad resuelve conforme a los resultados que se obtuvieron en la realización de la prueba de ADN por ambas partes, he ahí lo importante de la practicárselas, recordando que la NEGATIVA por parte del demandado a realizarse la prueba de ADN constituye presunción legal de la paternidad reclamada a favor del niño, niña o adolescente en contra del demandado que se niega o no comparece a su práctica en el laboratorio indicado. Por tal razón se cree que el procedimiento de reconocimiento de hijo e hija regulado por las diferentes normativas nicaragüenses actualmente es efectivo, cabe mencionar que aún hay dificultades con la celeridad en los procesos en la que casi siempre según el análisis de los diez casos influye primordialmente la negativa de cualquiera de las partes al omitir lo que ordena el judicial o bien la irresponsabilidad que con la que muchas veces estos actúan influyendo hasta en la economía procesal, por lo cual se espera, que una vez entrado en vigencia la Ley 870 Código de la Familia, el proceso sea más expedito y de mayor cumplimiento por las partes para la protección y preservación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Item Type: Thesis (Otra)
Información Adicional: Seminario-(Licenciados en Derecho) Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua SM DER 378.242 Sil 2015
Palabras Clave Informales: Reconocimiento de hijo-Legislación-Nicaragua, Derecho de familia, Código de familia, Padres e hijos, Relación entre madre e hijo, Paternidad,
Materias: 300 Ciencias sociales > 340 Derecho > 346 Derecho privado
300 Ciencias sociales > 340 Derecho > 348 Leyes (Estatuto), reglamentaciones, jurisprudencia > 348.023 Codigos
Divisiones: CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS > Derecho
Depositing User: Lic. Elvis Hernández
Date Deposited: 26 Feb 2019 20:57
Last Modified: 27 Aug 2019 14:27
URI: http://repositorio.unan.edu.ni/id/eprint/10034

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